Esta póliza proporciona cobertura sobre la vida de los socios de la cooperativa de ahorro y crédito, basada en los saldos impagos de los préstamos otorgados por dicha cooperativa.

¿Quién califica?

Los Socios deben calificar.
Unicamente los socios que estén calificados se asegurarán bajo esta póliza. Los socios que no califican no se aseguran. Si un socio refinancia un préstamo en una fecha en que él/ella no califica para cobertura, él/ella calificará para la cobertura bajo el préstamo anterior que se incluye en el refinanciamiento. Todo pago sobre el préstamo refinanciado se aplicará inicialmente para reducir el saldo asegurado del préstamo refinanciado.

Para Socios que esten trabajando.
Cada socio califica para el seguro sobre un préstamo si está trabajando en la fecha en que se le expide el préstamo. Si no está trabajando en esa fecha, él/ella califica para la cobertura sobre dicho préstamo en la fecha en que regrese a su empleo.

Los Socios que trabajan por Remuneración.
En el caso de los socios que trabajan por remuneración, el término «trabajando». Significa que el Socio está trabajando activamente en su empleo por 20 horas o más por semana. Un socio que no se encuentra trabajando sólo por estar de vacaciones, por paro laboral, por falta de empleo, o debido a una enfermedad o lesión temporal de menor importancia, se considerará dentro de la clase empleada.

Los Socios que sean Amas de Casas o Estadiantes que tengan más de 15 años de edad.
Para los socios que sean amas de casa o que sean estudiantes que tengan 15 años de edad o más, “estar trabajando» significa que el socio está desempeñando diariamente los deberes usuales de amas de casa o de estudiantes.

Menores que tengan menos de 15 años de edad.
Los socios que sean menores de 15 años de edad deben desempeñar diariamente todos los deberes y actividades usuales de menores. (un máximo de  RD$2,100).


Los Socios que no estan trabajando
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Cualquier otro socio puede calificar para la cobertura si nos remite evidencia de  buena salud, y si nosotros la aprobamos por escrito.

Limites de edad
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Un socio no califica para cobertura sobre su préstamo, si éste se le otorga en o después de cumplir 70